Noticias inmobiliarias
Noticias del sector inmobiliario y curiosidades

Noticias
Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo índice de referencia de precios del alquiler

A diez meses de haber sido aprobada la Ley de Vivienda, el gobierno ha hecho público el sistema que permitirá a las Comunidades Autónomas declarar zonas tensionadas e intervenir en el mercado en aquellos municipios donde se superen determinados niveles de precios. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre estas nuevas medidas.

¿Cómo funcionara el indicador? ¿Qué factores se tendrán en cuenta? 
El índice ofrece un rango máximo y otro mínimo de precios dependiendo de la zona donde se ubique el inmueble y de sus características (superficie, estado de conservación, año de construcción, certificación energética, garaje, ascensor, zonas comunes, etc…).

¿A qué viviendas afecta?
En el caso de los grandes tenedores (los que tienen más de 10 inmuebles o los que tienen más de 5, si la comunidad autónoma decide rebajar el umbral) es de obligado cumplimiento. También para los contratos de viviendas que salgan al mercado por primera vez en cinco años.

Los grandes tenedores tendrán que referenciar al índice los nuevos contratos firmados a partir del momento en el que sea declarada la zona tensionada. No estarán afectados los alquileres que están en vigor. Si los contratos al corriente hoy tienen un precio inferior al del índice, este prevalecerá en el próximo alquiler que se firme.

En el caso de los pequeños propietarios, tendrán que referenciar el precio al contrato anterior, tan solo estarán sujetos al índice aquellos inmuebles que no hayan estado en el mercado del alquiler en los últimos cinco años. 

¿Será obligatorio en todo el territorio nacional?
Son los gobiernos regionales, quienes tienen las competencias en materia de vivienda, los que deciden si se aplican o no estos límites. Para ello, tendrán que pedir la declaración de zonas tensionadas a Vivienda.

¿Qué es una zona tensionada? 
Es una definición que pueden solicitar exclusivamente las CCAA. En esa petición, los departamentos de Vivienda autonómicos interesados tienen que demostrar que en las zonas a intervenir el esfuerzo para pagar el alquiler supera el 30% de los ingresos de los hogares. También tendrán que presentar un plan para tratar de corregir esa problemática comprometiendo medidas como la construcción de vivienda para el alquiler asequible u otros incentivos fiscales.

¿Cuándo entra en vigor?
Entra en vigor el 13 de marzo. La primera CCAA en aplicarlo será Cataluña, que debe recibir antes la aprobación de Vivienda para poder extender la medida a 140 municipios catalanes.

Si estás considerando pasar de ser inquilino a propietario, te sugerimos que consultes nuestro artículo «Comparar es siempre más rentable que alquilar«. En él, encontrarás una visión detallada de las diversas opciones disponibles en el mercado inmobiliario, lo que te ayudará a tomar una decisión informada sobre tu próxima inversión.

Otros artículos

Noticias
El Grupo Tecnocasa y la UPF renuevan su cátedra de empresa
Leer más
Noticias
Más demanda, menos oferta
Leer más
Noticias
16.500 clientes satisfechos en 2024
Leer más
Noticias
La televisión en los 90
Leer más
Noticias
5 Consejos prácticos para una vida más sostenible en casa
Leer más
Noticias
Transforma tu patrimonio: beneficios y desafíos de la nuda propiedad
Leer más
Noticias
Qué es la ITE y cuándo es necesaria?
Leer más
Noticias
Récord de compraventas en septiembre
Leer más
Noticias
Nota simple, un documento necesario en la compraventa
Leer más
Noticias
El INE esperará hasta diciembre para lanzar el nuevo índice de alquileres
Leer más
Noticias
La caída del Euribor en agosto anima el mercado inmobiliario
Leer más
Noticias
No hay síntomas de burbuja inmobiliaria
Leer más
Noticias
¿Qué es el IBI? ¿Quién debe pagarlo en una compraventa?
Leer más
Noticias
¿Puedo vender una casa sin ir yo al notario?
Leer más
Noticias
El enredo de la renta antigua
Leer más
Noticias
Comprar es siempre más rentable que alquilar
Leer más
Franquiciado
Estudio Inmobiliario Goya Sl
Calle Narváez, 21 Local Dcha 28009 Madrid (M)

Franquiciado
Estudio Inmobiliario Goya Sl
Franquiciado
Estudio Inmobiliario Goya Sl

2025 Ibero Group Tecnocasa Services, S.L.U. - CIF B-65870776 - C/ Pallars, nº 1-3 Parque de Negocios Mas Blau II, 08820, El Prat de Llobregat (Barcelona-España). Red en franquicia - Cada sociedad franquiciada tiene su propio titular y es independiente del franquiciador.

Política de privacidad | Aviso legal | Pólitica de las Cookies | Información al consumidor | | Canal ético